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Marco Legal


Artículo 4º Constitucional, 4º párrafo:


“Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley”


- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
- Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Medio Ambiente.
- Ley General para la Protección y Gestión Integral de los Residuos.
- Reglamento de la Ley General Protección y Gestión Integral de los Residuos.
- Código Penal Federal.
- Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal.
- Reglamento de la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal.
- Programa de Gestión Integral de los Residuos Sólidos para la Ciudad de México 2016-2020.



Normas locales aplicables:


NADF-024-AMBT-2013 (CDMX)

NTEA-013-SMA-2011 (EdoMex)

CDMX-SEDEMA-RAMIR-L327/2018 vigente en la CDMX (121):





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